¿Viaje en autocaravana a la vista?, ¿lo tienes todo preparado?, ¿ya has comprobado dónde se puede pernoctar con autocaravana? Esta última pregunta es mucho más importante de lo que piensas, puesto que en España la acampada libre es ilegal y debemos saber identificar si estamos acampando, pernoctando o, simplemente, estacionando.
En este artículo vamos a darte toda la información que necesitas sobre pernoctar con autocaravana, dónde se puede, dónde no, la legislación que regula esta actividad y, para terminar, te daremos algunos consejos al respecto.
¡Empecemos!
Diferencia entre aparcar, estacionar y pernoctar
Uno de los primeros aspectos en los que queremos incidir, es en entender bien qué es pernoctar, así como las diferencias que existen entre esta acción y otras como estacionar y acampar.
Además, en esta primera sección del artículo vamos a exponerte varios aspectos relativos a la Instrucción 08/V-74 de la DGT, la cual, como autocaravanistas, debemos conocer para identificar aún mejor esta diferencia entre las acciones de aparcar, estacionar y pernoctar, de manera que seamos conocedores de la legislación vigente y la cumplamos, evitando problemas con las autoridades.
Estacionar
El estacionamiento se realiza cuando un vehículo, sea cual sea su catalogación y fin, ocupa un espacio delimitado para ello, sin salirse de sus límites. Durante esta acción, se pueden utilizar calzos para estabilizar y fijar el vehículo en zonas de pendiente, al igual que pegar una rueda a la acera, pero no se pueden emplear elevadores para dichas tareas.
Además, no se pueden emitir fluidos, más allá de los propios del uso del vehículo, y ningún elemento puede sobresalir del perímetro del vehículo.
Acampar
Se considera acampada cuando se realizan las acciones propias de esta actividad, como son: instalar toldos, abrir ventanas abatibles, sacar sillas y mesas, verter aguas residuales en las zonas indicadas para ello, etc. La acampada no tiene por qué ir acompañada de pernoctar.
Pernoctar
La pernoctación se produce cuando nuestro vehículo se encuentra correctamente estacionado y pernoctamos en ese estacionamiento. Durante la pernocta, se pueden abrir las ventanas, claraboyas y techos elevables, ya que no provocan modificaciones en el techo del vehículo.
Instrucción 08/V-74 de la DGT
Como te comentábamos anteriormente, la Instrucción 08/V-74 de la DGT expone, de manera clara y concisa, las diferencias entre un simple aparcamiento y una acampada.
Te mostramos un extracto muy ilustrativo de esta Instrucción:
“mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación”
De manera que, podemos concluir que existen diferencias significativas entre el aparcamiento y la acampada:
Durante un aparcamiento:
- No hay elementos que desborden el perímetro del vehículo.
- No trascienden ruidos molestos al exterior.
- Correctamente estacionado, dentro de la delimitación.
- No sobrepasamos la limitación temporal, si la hubiese.
Mientras que, durante una acampada:
- Desplegamos toldos desde la autocaravana o los colocamos a su alrededor.
- Sacamos sillas o mesas al exterior de la autocaravana.
- Instalamos niveladores.
Revisa la legislación municipal y autonómica
Aunque cumplamos con la Instrucción y con todos los requerimientos de la DGT, te recomendamos encarecidamente que investigues y confirmes la legislación municipal y autonómica relativa al aparcamiento y a la pernocta para nuestra autocaravana o furgoneta camper, ya que, en muchos casos, existe una regulación específica por Comunidad Autónoma, incluso por municipio.
¿Dónde se puede pernoctar con autocaravana?
Una vez aclaradas las diferencias entre acampar, estacionar y pernoctar, es momento de saber dónde sí podemos pernoctar con nuestra autocaravana o nuestra furgoneta camper.
Podemos pernoctar en todos aquellos lugares en los que nos encontremos debidamente estacionados, siempre y cuando respetemos la legislación vigente en la zona donde acampemos, tanto nacional, como autonómica y local.
A continuación, te mostramos algunos ejemplos de zonas habilitadas para la pernocta, a no ser que se indique lo contrario:
- Zonas de uso privado.
- Aparcamientos.
- Áreas públicas para autocaravanas.
- Campings.
- Áreas de servicio.
¿Y dónde se puede acampar con la autocaravana?
La acampada, como tal, se encuentra regulada en España. Además de contar con zonas protegidas donde no es legal acampar, existen muchísimas zonas donde sí que se puede acampar con la autocaravana, como se trata de:
- Campings públicos.
- Campings privados.
- Zonas de acampada públicas.
- Zonas de acampada privadas.
¿Dónde no se puede pernoctar con autocaravana?
Existen una serie de zonas donde la legislación prohíbe la pernocta. Debemos evitar la pernocta, sí o sí, en dos zonas:
- Costas.
- Espacios naturales protegidos.
Ambos espacios cuentan con una legislación específica debido a su fragilidad y a tratar de mejorar sus ecosistemas y hacerlos sostenibles para un disfrute de todos.
Ley de costas
La Ley de Costas abarca todos los terrenos públicos próximos al mar. Estos terrenos se delimitan con señalizaciones en forma de monolitos de color blanco, que no siempre se ven o directamente no existen.
Si los identificas, tu vehículo nunca podrá rebasar esa limitación.
Si quieres consultar esta Ley, la puedes leer en este enlace.
Espacios protegidos
Los espacios naturales protegidos engloban: Parque Natural, Parque Nacional, Reserva de la Biosfera, etc., estos espacios están, como su nombre indica, protegidos y se conservan debido a la biodiversidad que albergan y a su importancia para la zona donde se encuentran.
Por todo ello, existe una regulación especial para las acampadas y los estacionamientos en la mayoría de espacios protegidos de nuestro país.
Por norma general, se permite el estacionamiento de la autocaravana, pero no se permite permanecer durante la noche. Te recomendamos consultar esta circunstancia con el organismo regulador del espacio protegido al que quieras acudir para realizar una pernocta con tu autocaravana.
Aspectos a valorar y consejos para dormir en autocaravana
Ya para finalizar este artículo sobre pernoctar con autocaravana, queremos darte una serie de consejos que hemos recopilado tanto de nuestros clientes como de nuestras propias aventuras y vivencias:
- Respeta tu entorno.
- Sé paciente con las autoridades.
- Estudia la legislación de la zona en la que quieras pernoctar.
- Ante cualquier duda, pregunta.
- Presta atención a la señalización.
- Utiliza apps de pernocta como Park4night.
- Evita zonas muy aisladas.
- No te sitúes bajo árboles u zonas con elementos suspendidos en días/zonas con mucho aire.
- Utiliza el sentido común.